{"id":2114,"date":"2021-07-15T00:04:00","date_gmt":"2021-07-14T22:04:00","guid":{"rendered":"https:\/\/redfilosofia.es\/laboratorio\/?p=2114"},"modified":"2021-09-15T00:05:02","modified_gmt":"2021-09-14T22:05:02","slug":"el-laboratorio-conversa-con-ezio-costa-cordella","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/redfilosofia.es\/laboratorio\/2021\/07\/15\/el-laboratorio-conversa-con-ezio-costa-cordella\/","title":{"rendered":"El Laboratorio conversa con Ezio Costa Cordella"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large is-resized\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/redfilosofia.es\/laboratorio\/wp-content\/uploads\/sites\/7\/2021\/06\/Ezio-Costa-Cordella_foto-recortada-1024x912.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-2115\" width=\"500\" srcset=\"https:\/\/redfilosofia.es\/laboratorio\/wp-content\/uploads\/sites\/7\/2021\/06\/Ezio-Costa-Cordella_foto-recortada-1024x912.jpg 1024w, https:\/\/redfilosofia.es\/laboratorio\/wp-content\/uploads\/sites\/7\/2021\/06\/Ezio-Costa-Cordella_foto-recortada-300x267.jpg 300w, https:\/\/redfilosofia.es\/laboratorio\/wp-content\/uploads\/sites\/7\/2021\/06\/Ezio-Costa-Cordella_foto-recortada-768x684.jpg 768w, https:\/\/redfilosofia.es\/laboratorio\/wp-content\/uploads\/sites\/7\/2021\/06\/Ezio-Costa-Cordella_foto-recortada.jpg 1213w\" sizes=\"(max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p><em><a href=\"http:\/\/www.derecho.uchile.cl\/centro-de-regulacion-y-competencia\/quienes-somos\/ezio-costa-cordella\">Ezio Costa Cordella<\/a> es abogado, Msc. en Regulaci\u00f3n por la London  School of Economics and Political Science, Phd en Derecho por la  Universidad de Chile. Investigador del Centro de Regulaci\u00f3n y  Competencia, profesor de Derecho Ambiental y Derecho de Aguas en la  Universidad de Chile. Director Ejecutivo de la <a href=\"https:\/\/www.fima.cl\/wordpress\/\">ONG FIMA<\/a>. Ha dedicado su  carrera a la protecci\u00f3n del medio ambiente y de las personas y  comunidades afectadas por problemas ambientales. <br>Entre  sus \u00faltimos trabajos se encuentran los libros <a href=\"https:\/\/www.derediciones.com\/products\/participacion-ciudadana-conceptos-generales-deliberacion-y-medio-ambiente\">Participaci\u00f3n  ciudadana. Conceptos generales, deliberaci\u00f3n y medio ambiente<\/a>  (Ediciones DER, 2020), <a href=\"http:\/\/news.es-pt.thomsonreuters.com\/LP=5940\">Derecho Ambiental chileno. Parte especial <\/a>(coeditor con Eduardo Astorga, Thomson  Reuters, 2021) y <a href=\"https:\/\/www.catalonia.cl\/\">Hacia una Constituci\u00f3n ecol\u00f3gica<\/a> (Catalonia Libros, 2021, en prensa).<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Profesor Ezio Costa, le agradecemos que haya aceptado esta entrevista con El Laboratorio. En primer lugar, nos gustar\u00eda preguntarle sobre la historia de la legislaci\u00f3n ambiental, que tiene ya m\u00e1s de cuarenta a\u00f1os. Hasta ahora, parece que los desarrollos legislativos destinados a proteger el medio ambiente han tenido unos efectos muy limitados, porque no han logrado detener la \u00abgran aceleraci\u00f3n\u00bb del Antropoceno, de la que hablan Will Steffen y su equipo. \u00bfC\u00f3mo valora usted los logros y los fracasos de esa legislaci\u00f3n, especialmente en el \u00e1mbito de Am\u00e9rica Latina?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>A la legislaci\u00f3n ambiental le ha tocado un trabajo muy complejo. Llegar a un mundo en que sus elementos estaban completamente fraccionados y asignados en propiedad, e intentar volver a relacionarlos conceptual y regulatoriamente. <\/p>\n\n\n\n<p>Eso genera altas resistencias desde esferas muy diversas. Privados (individuos y empresas) que no quieren perder autonom\u00eda en la determinaci\u00f3n de los usos y aprovechamiento de los bienes, Estados que no quieren perder las posibilidades de explotaci\u00f3n y principalmente una estructura social-econ\u00f3mica y pol\u00edtica que se resiste a perder uno de sus supuestos m\u00e1s esenciales, como es la existencia inagotable de recursos naturales. Este \u00faltimo paradigma es tan fuerte, que ni siquiera fue tematizado en las discusiones pol\u00edtico-filos\u00f3ficas, ni jur\u00eddicas, antes de la mitad del siglo XX. <\/p>\n\n\n\n<p>Con todo eso en contra, creo que el avance del derecho ambiental ha sido notable para su corta existencia, pero absolutamente insuficiente para el nivel de urgencia en el que nos encontramos. Parti\u00f3 con un paradigma constitucional (el derecho al ambiente sano), para luego incorporarse fuertemente en el derecho administrativo y de ah\u00ed empezar a colonizar otras \u00e1reas del derecho, en un proceso que no ha sido lento para efectos del Derecho, pero no ha tenido suficiente profundidad. <\/p>\n\n\n\n<p>El gran dilema es que cuando encuentra esa profundidad, con cosas como el reconocimiento de los derechos de la naturaleza, tambi\u00e9n encuentra resistencias mucho m\u00e1s fuertes. B\u00e1sicamente el derecho ambiental en esas \u00e1reas est\u00e1 desconfigurando al sistema y eso es muy resistido. Pero es su obligaci\u00f3n, el derecho ambiental necesita generar esa disrupci\u00f3n si quiere efectivamente proteger a la naturaleza y la vida humana. Por as\u00ed decirlo, la misi\u00f3n que se le encomend\u00f3 implica derribar l\u00f3gicas del sistema, y eso es tan dif\u00edcil como necesario. <\/p>\n\n\n\n<p><strong>Desde el Acuerdo de Par\u00eds de 2015, han proliferado, en distintos pa\u00edses y continentes, iniciativas destinadas a reconocer los llamados \u201cderechos de la Naturaleza\u201d y a dotar de personalidad jur\u00eddica a ciertos ecosistemas como un r\u00edo, un lago, un bosque, etc. \u00bfCree que estas iniciativas suponen un cambio de modelo y de estrategia con respecto a la legislaci\u00f3n ambiental precedente? \u00bfCu\u00e1l es, en su opini\u00f3n, la novedad y las posibilidades de estas iniciativas?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los derechos de la naturaleza son una instituci\u00f3n muy antigua. Entre los pueblos originarios tiene siglos, si no milenios. En la discusi\u00f3n acad\u00e9mica occidental, vienen al menos desde los a\u00f1os 70 del siglo XX, con autores como <a href=\"https:\/\/iseethics.files.wordpress.com\/2013\/02\/stone-christopher-d-should-trees-have-standing.pdf\">Christopher Stone<\/a> en USA y <a href=\"https:\/\/opsur.org.ar\/2010\/10\/21\/un-imperativo-ecologico-reconocer-los-derechos-de-la-naturaleza\/\">Godofredo Stutzin<\/a> en Chile, entre muchos otros. Cuando Ecuador los incluy\u00f3 en su <a href=\"https:\/\/www.asambleanacional.gob.ec\/sites\/default\/files\/documents\/old\/constitucion_de_bolsillo.pdf\">Constituci\u00f3n<\/a>, en 2008, fue la primera vez que se incorporaron efectivamente en el derecho liberal occidental y supuso un avance muy significativo. <\/p>\n\n\n\n<p>Luego, han proliferado soluciones como esa en diversas leyes y fallos judiciales alrededor del mundo y me parece muy interesante el v\u00ednculo que hac\u00e9is con el Acuerdo de Par\u00eds como un precursor de esa proliferaci\u00f3n, porque no lo hab\u00eda pensado. Quiz\u00e1s Par\u00eds ayud\u00f3 principalmente porque puso un hito importante en la narrativa en la cual todo lo que hemos hecho hasta ahora, no tiene funcionalidad si queremos subvertir la crisis clim\u00e1tica y ecol\u00f3gica. En ese contexto, movernos hacia una soluci\u00f3n radicalmente distinta parece una buena idea, y en particular la protecci\u00f3n de la naturaleza a trav\u00e9s de la f\u00f3rmula de los derechos es una idea no s\u00f3lo distinta, sino que de alguna manera ya ha sido probada, precisamente en la relaci\u00f3n de los pueblos ind\u00edgenas con la naturaleza, que tiende de mucha mejor manera al equilibrio que la que la civilizaci\u00f3n occidental ha establecido. <\/p>\n\n\n\n<p>Pero no se trata de reivindicar solo estas antiguas pr\u00e1cticas e ideas, ni de creer que por el solo hecho de ser de los pueblos originarios, entonces son buenas ideas. Creo que m\u00e1s bien se trata de movernos fuera de los l\u00edmites de lo que actualmente parece posible, entendiendo su insuficiencia. <\/p>\n\n\n\n<p><strong>Detr\u00e1s de todas las iniciativas para dotar de personalidad jur\u00eddica a un determinado ecosistema suelen encontrarse comunidades ind\u00edgenas, campesinos, pescadores, vecinos, etc., que llevan a\u00f1os luchando para preservar sus ecosistemas y sus formas de vida. Sabemos que usted ha trabajado sobre esta cuesti\u00f3n. Seg\u00fan su experiencia, \u00bfcu\u00e1l es y cu\u00e1l deber\u00eda ser el papel de la ciudadan\u00eda en el desarrollo de las pol\u00edticas y legislaciones ambientales?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El papel de las personas y comunidades en la protecci\u00f3n de la naturaleza es crucial e insustituible. Son las personas las que conocen y valoran los territorios y es la conciencia del valor inherente de la naturaleza y de la continuidad generacional las que les hacen cuidarlo. Las entidades de mayor tama\u00f1o y abstracci\u00f3n, como las empresas y los Estados, no tienen la misma cercan\u00eda vital con la naturaleza y por lo tanto es muy dif\u00edcil que logren efectivamente sentirla y valorarla como lo hacen las personas y las comunidades. <\/p>\n\n\n\n<p>Por eso la participaci\u00f3n ciudadana es esencial. Tan esencial como es la ciencia o el propio derecho. La autoridad que toma decisiones deber\u00eda en todos los casos poner en su esquema decisional una deliberaci\u00f3n entre esos saberes, dentro del marco jur\u00eddico. Observar las caracter\u00edsticas t\u00e9cnicas de una regulaci\u00f3n o pol\u00edtica, junto con las variables de democracia representativa manifestadas a trav\u00e9s de la ley y las de democracia directa o deliberativa manifestadas en los espacios de participaci\u00f3n, y tomar decisiones acorde a eso. <\/p>\n\n\n\n<p>Para la autoridad no es f\u00e1cil, para el Derecho tampoco, pero creo que es el deber de ambos. Este deber no ha quedado suficientemente claro, porque aunque las normas que lo contienen est\u00e1n, existe una evidente falta de estructuras jur\u00eddicas que lo lleven a la pr\u00e1ctica, y creo que esa falta es producto de las resistencias que comentaba al principio. No es raro ver a personas que creen en lo p\u00fablico diciendo que la participaci\u00f3n no es necesaria o es s\u00f3lo por cumplir y que \u201cla gente sienta que la escuchen\u201d. Eso es un gran error, y ha costado mucho tratar de sacar de \u00e9l a las personas y a las instituciones.  <\/p>\n\n\n\n<p><strong>Uno de sus campos de trabajo ha sido la funci\u00f3n ambiental del agua y los derechos de la ciudadan\u00eda sobre este bien tan b\u00e1sico para la vida. \u00bfCu\u00e1l es su experiencia al respecto? \u00bfEn qu\u00e9 direcci\u00f3n deber\u00edan orientarse las pol\u00edticas p\u00fablicas y las legislaciones relativas al agua?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En Chile el desaf\u00edo es diferente que en otras partes en lo que se relaciona con el agua, puesto que la Constituci\u00f3n de 1980 estableci\u00f3 propiedad sobre ella y el C\u00f3digo de Aguas de 1981 cre\u00f3 un mercado y una gesti\u00f3n de las aguas completamente privada. Cosas que no ayudan en nada cuando nos enfrentamos a una crisis clim\u00e1tica y ecol\u00f3gica. como la actual. <\/p>\n\n\n\n<p>El primer desaf\u00edo entonces es reconocer el agua como un bien com\u00fan, con acceso libre y prioritario para la satisfacci\u00f3n de necesidades b\u00e1sicas, con una especial atenci\u00f3n a la mantenci\u00f3n de los ciclos del agua y por lo tanto de los ecosistemas de los que depende y con una gesti\u00f3n comunitaria que no implique solamente a quienes tienen derechos de aguas, sino a toda la comunidad de una cuenca. <\/p>\n\n\n\n<p>Los derechos de aguas, las concesiones a las personas, por supuesto tendr\u00e1n que seguir existiendo y teniendo ciertos niveles de certeza jur\u00eddica, pero no pueden ser consideradas una propiedad privada y por lo tanto tienen que estar mucho m\u00e1s abiertas a los cambios regulatorios, que se impongan a prop\u00f3sito de la necesidad de gestionar un bien natural crecientemente escaso.  <\/p>\n\n\n\n<p><strong>Suele decirse que Am\u00e9rica Latina es el subcontinente con mayores niveles de desigualdad social, de corrupci\u00f3n pol\u00edtica y de degradaci\u00f3n de los ecosistemas a manos de la industria extractivista. Pero es tambi\u00e9n una de las regiones del mundo con movimientos sociales m\u00e1s activos, particularmente en la defensa de los derechos de la Naturaleza y los derechos de las comunidades m\u00e1s afectadas por el capitalismo extractivista. \u00bfC\u00f3mo ve usted este v\u00ednculo entre derechos humanos y derechos de la Naturaleza, especialmente en Latinoam\u00e9rica?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Creo que en Latinoam\u00e9rica se entremezclan varios factores que nos hacen tener un movimiento ambiental vibrante. En primer lugar, nuestra cultura est\u00e1 muy unida a las ideas que tenemos sobre la naturaleza. El imaginario de todos nuestros pa\u00edses es capturado por la naturaleza y eso se refleja en un sinn\u00famero de manifestaciones culturales. <\/p>\n\n\n\n<p>En segundo lugar, somos muy conscientes de que la explotaci\u00f3n de la naturaleza con la excusa del desarrollo es una falacia, pues vemos c\u00f3mo los territorios que son m\u00e1s intensamente explotados terminan siendo territorios m\u00e1s pobres y con menor bienestar. En esto ayuda mucho la concentraci\u00f3n de la riqueza y sobre todo un modelo econ\u00f3mico de \u201ccapitalismo jer\u00e1rquico\u201d, que es un concepto del profesor del MIT <a href=\"https:\/\/blogs.elpais.com\/eco-americano\/2015\/03\/el-capitalismo-latinoamericano-es-jer%C3%A1rquico-no-lleva-al-desarrollo-.html\">Ben Ross Schneider<\/a> donde describe de manera brillante c\u00f3mo en Latinoamerica tenemos un pu\u00f1ado de personas due\u00f1as de los recursos naturales, que las explotan de forma intensiva, con mano de obra no calificada y donde lo p\u00fablico o el desarrollo queda muy relegado. Esto es claramente una herencia del colonialismo y sus versiones actuales.<\/p>\n\n\n\n<p>En tercer lugar, est\u00e1 la conexi\u00f3n entre movimientos ambientalistas\/ecologistas e indigenistas, que permite una polinizaci\u00f3n cruzada de ideas que creo es muy valiosa, mostrando modos de pensar muy diferentes a los de la civilizaci\u00f3n occidental. <\/p>\n\n\n\n<p>Luego, la defensa de los derechos humanos, de los territorios y de los derechos de la naturaleza terminan convirti\u00e9ndose en una sola y misma cuesti\u00f3n, que aunque pueda tener matices y \u00e9nfasis diferentes, produce comprensiones m\u00e1s complejas y movimientos m\u00e1s fuertes.  <\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ezio Costa Cordella es abogado, Msc. en Regulaci\u00f3n por la London School of Economics and Political Science, Phd en Derecho por la Universidad de Chile. 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