{"id":811,"date":"2020-07-12T17:08:00","date_gmt":"2020-07-12T15:08:00","guid":{"rendered":"https:\/\/redfilosofia.es\/laboratorio\/?p=811"},"modified":"2020-10-16T10:13:20","modified_gmt":"2020-10-16T08:13:20","slug":"el-derecho-a-la-salud-en-la-epoca-post-pandemica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/redfilosofia.es\/laboratorio\/2020\/07\/12\/el-derecho-a-la-salud-en-la-epoca-post-pandemica\/","title":{"rendered":"El derecho a la salud en la \u00e9poca post-pand\u00e9mica"},"content":{"rendered":"\n<p><a href=\"https:\/\/capitanswing.com\/autores\/padilla-javier\/\">Javier Padilla<\/a> es m\u00e9dico de familia y comunidad en un centro de salud en Madrid. Autor de <a href=\"https:\/\/capitanswing.com\/libros\/epidemiocracia\/\"><em>Epidemiocracia<\/em><\/a> (2020) con <a href=\"https:\/\/capitanswing.com\/autores\/gullon-pedro\/\">Pedro Gull\u00f3n<\/a>, y de <em><a href=\"https:\/\/capitanswing.com\/libros\/a-quien-vamos-a-dejar-morir\/\">\u00bfA qui\u00e9n vamos a dejar morir?<\/a><\/em> (2019), y co-coordinador de <em><a href=\"http:\/\/www.libreria-atrapasuenos.com\/inicio\/160-salubrismo-o-barbarie.html\">Salubrismo o barbarie<\/a><\/em>  (2017). Miembro del <a href=\"https:\/\/colectivosilesia.net\/\">Colectivo Silesia<\/a>. Miembro del grupo nacional de Inequidades en Salud y Salud Internacional de la Sociedad Espa\u00f1ola de Medicina Familiar y Comunitaria (<a href=\"https:\/\/www.semfyc.es\/medicos\/\">SEMFyC<\/a>). M\u00e1ster en Salud P\u00fablica y Gesti\u00f3n Sanitaria (EASP) y en Econom\u00eda de la Salud y del Medicamento (UPF). Asesor de pol\u00edticas p\u00fablicas para En Com\u00fa Podem en el Congreso de los Diputados (2016-2017). Miembro de ESPACyOS (\u00c9tica Salubrista para la Acci\u00f3n, Cuidado y Observaci\u00f3n Social).<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cNadie est\u00e1 a salvo si no estamos todos a salvo\u201d, con esa frase Ed Jong, periodista estadounidense, ilustraba lo que puede ser la mejor definici\u00f3n posible de la sensaci\u00f3n de interdependencia vivida en los meses de confinamiento a causa del SARS-CoV-2.<\/p>\n\n\n\n<p>Una situaci\u00f3n de interdependencia que muestra c\u00f3mo la salud del yo depende de la salud del nosotros, pero que no deber\u00eda hacernos caer en la idea de que la exposici\u00f3n y las cargas de la epidemia de COVID-19 se haya distribuido por igual. Nadie est\u00e1 salvo si no estamos todos a salvo, pero hay algunos que est\u00e1n un poco m\u00e1s a salvo que otros.<\/p>\n\n\n\n<p>Esa perspectiva de interdependencia, conjuntamente con otros valores que se han podido ver reforzados en estos meses de pandemia, como la importancia de lo p\u00fablico o la centralidad de la universalidad de los servicios sanitarios como forma de materializar la interdependencia, puede ayudar a conformar lo que podr\u00edamos denominar como el derecho a la salud post-pandemia.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta nueva definici\u00f3n del derecho a la salud, huyendo de las visiones extremadamente estrechas que lo circunscriben al derecho a la asistencia sanitaria, deber\u00eda ser interpretado desde un marco m\u00e1s cercano al abordaje de las capacidades de <a href=\"https:\/\/es.wikipedia.org\/wiki\/Martha_Nussbaum\">Martha Nusssbaum<\/a> y <a href=\"https:\/\/es.wikipedia.org\/wiki\/Amartya_Sen\">Amartya Sen<\/a>, y de su aterrizaje en la salud (como propone <a href=\"https:\/\/kclpure.kcl.ac.uk\/portal\/en\/persons\/sridhar-venkatapuram(4fa7a876-d243-494d-81c8-d61788e5c5e2)\/biography.html\">Sridhar Venkatapuram<\/a>), tratando de garantizar un nivel b\u00e1sico de diferentes dimensiones que ayuden a conformar unos niveles aceptables de salud, no siendo ni excesivamente escasos en su definici\u00f3n, ni ut\u00f3picamente finalistas en la conversi\u00f3n del derecho a la salud en el derecho a estar sano.<\/p>\n\n\n\n<p>Recientemente, Jorge Moruno titulaba un art\u00edculo diciendo que <a href=\"https:\/\/www.ieccs.es\/2020\/04\/16\/ es-la-hora-de-lo-impensable\/\">\u201cEs la hora de lo impensable\u201d<\/a>, como forma de expresar la necesidad de redefinir las ansias de nuevos derechos sociales o formas de organizaci\u00f3n en la vida post-pandemia. Del mismo modo, es la hora de pensar el derecho a la salud post-pand\u00e9mico dentro del marco de lo previamente impensable. Para ello, puede ser adecuado se\u00f1alar cuatro \u00e1mbitos de desarrollo de este derecho a la salud:<\/p>\n\n\n\n<p>1) El derecho a respirar, del que hablaba recientemente Achille Mbembe en su art\u00edculo <a href=\"https:\/\/mg.co.za\/opinion\/2020-06-24-achille-mbembe-the-universal-right-to-breathe\/\">\u201cEl derecho universal a respirar\u201d<\/a>, y en el que hemos de incluir cuatro acepciones del t\u00e9rmino \u00abrespirar\u00bb que estar\u00edan relacionadas con lo acaecido en estos \u00faltimos meses: a) la disponibilidad de un aire que pueda ser respirado (tanto porque est\u00e9 libre de SARS-CoV-2 como porque est\u00e9 con unos niveles de contaminaci\u00f3n que no nos enfermen); b) el derecho a no llegar ahogado a fin de mes, es decir, la aspiraci\u00f3n a pol\u00edticas de renta garantizada (tipo Ingreso M\u00ednimo Vital o, m\u00e1s ambiciosamente, Renta B\u00e1sica Universal) que desliguen la subsistencia de la existencia de un empleo remunerado; c) el derecho a poder recibir la asistencia sanitaria que sea necesaria, accesible y asequible en cada circunstancia; y d) el derecho a poder exigir todo esto, trazando la analog\u00eda con el \u201cI can\u2019t breathe\u201d que desencaden\u00f3 las protestas recientes en Estados Unidos, clamando contra la injusticia racial.<\/p>\n\n\n\n<p>2) El derecho a lo pr\u00f3ximo: entendido tanto como el derecho a lo cercano como la necesidad de poder pensar lo que vendr\u00e1, el futuro. En relaci\u00f3n con lo primero, este derecho alude a la reorganizaci\u00f3n de los n\u00facleos urbanos, caminando hacia experiencias como la proyectada por Par\u00eds y su <a href=\"https:\/\/la.network\/ciudad-de-los-15-minutos-en-que-consiste-la-propuesta-de-anne-hidalgo-para-su-segundo-mandato\/\">\u00abciudad de los 15 minutos\u00bb<\/a>, donde la ciudad trata de luchar contra la segregaci\u00f3n de los espacios habitacional y laboral\/comercial, para dotar a todos los barrios de los recursos p\u00fablicos y las estructuras necesarias para el desempe\u00f1o habitual de la vida. Las ciudades son, de acuerdo con David Harvey, lugares donde la lucha por la expansi\u00f3n de los derechos sociales tiene un papel protag\u00f3nico, pero no han de ser organizadas como una sola unidad de habitabilidad, sino que pueden segmentarse de manera ecol\u00f3gica y humanamente sostenible. En relaci\u00f3n con la otra acepci\u00f3n de \u201clo pr\u00f3ximo\u201d, se dice que nuestra \u00e9poca es incapaz de pensar en el siglo XXII, pues estamos condenados a pensar el final de todo durante el presente siglo; el derecho a lo pr\u00f3ximo exigir\u00eda la capacidad de trascender la \u201ccondici\u00f3n p\u00f3stuma\u201d que describe Marina Garc\u00e9s en <em><a href=\"https:\/\/www.anagrama-ed.es\/libro\/nuevos-cuadernos-anagrama\/nueva-ilustracion-radical\/9788433916143\/NCA_4\">Nueva ilustraci\u00f3n radical<\/a><\/em> (2017).<\/p>\n\n\n\n<p>3) El derecho al arraigo: ser\u00eda la expansi\u00f3n del derecho a lo pr\u00f3ximo y su intersecci\u00f3n con el principio de interdependencia. Bas\u00e1ndose en <a href=\"https:\/\/www.trotta.es\/libros\/echar-raices\/9788498795325\/\">Simone Weil<\/a> (\u00abel arraigo es tal vez la necesidad m\u00e1s importante y menos reconocida del alma humana\u00bb), <a href=\"https:\/\/www.youtube.com\/watch?v=4qdKNfyZOqQ\">Rosa Jim\u00e9nez<\/a> define el derecho al arraigo como la creaci\u00f3n de \u00ablas condiciones que favorecen que nos avecindemos, que desarrollemos una pertenencia activa, y al mismo tiempo reconocida por el resto, a un entorno cotidiano que compartimos con otros\u00bb.  En <em><a href=\"https:\/\/capitanswing.com\/libros\/epidemiocracia\/\">Epidemiocracia<\/a><\/em>, lo definimos as\u00ed: \u201cEl derecho al arraigo es una forma de trascender la autonom\u00eda individualista desterritorializada y desarrollar al individuo en un marco de autonom\u00eda relacional en el cual las relaciones se establecen no solo con otras personas sino tambi\u00e9n con el entorno f\u00edsico, dentro de un marco que determina el car\u00e1cter de estas relaciones\u201d. <\/p>\n\n\n\n<p>4) El derecho al ocio: es un hecho que en nuestros d\u00edas el tiempo libre se ha convertido en una muestra de la estratificaci\u00f3n social; de este modo, tiene tiempo libre aquel que no ha de estar acudiendo todo el tiempo al mercado de auto-venta para reconvertir cada minuto de su existencia en una oportunidad de mercantilizaci\u00f3n de su vida cotidiana (la ropa que me sobra la vendo en Wallapop, la habitaci\u00f3n que se me queda una semana libre la pongo en Airbnb y las horas que no tengo trabajo intento invertirlas en hacer pedidos en Glovo). El ocio ha de redistribuirse desde una perspectiva de derechos y debe tener cabida en una nueva forma de pensar el derecho a la salud, tratando de que lo que en las \u00faltimas d\u00e9cadas hemos considerado caracter\u00edstico de los estados del bienestar interseccione con la mirada ecofeminista, imprescindible para afrontar los retos de la vida post-pand\u00e9mica.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Javier Padilla es m\u00e9dico de familia y comunidad en un centro de salud en Madrid. 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