El derecho a la salud en la época post-pandémica

Javier Padilla es médico de familia y comunidad en un centro de salud en Madrid. Autor de Epidemiocracia (2020) con Pedro Gullón, y de ¿A quién vamos a dejar morir? (2019), y co-coordinador de Salubrismo o barbarie (2017). Miembro del Colectivo Silesia. Miembro del grupo nacional de Inequidades en Salud y Salud Internacional de la Sociedad Española de Medicina Familiar y Comunitaria (SEMFyC). Máster en Salud Pública y Gestión Sanitaria (EASP) y en Economía de la Salud y del Medicamento (UPF). Asesor de políticas públicas para En Comú Podem en el Congreso de los Diputados (2016-2017). Miembro de ESPACyOS (Ética Salubrista para la Acción, Cuidado y Observación Social).

“Nadie está a salvo si no estamos todos a salvo”, con esa frase Ed Jong, periodista estadounidense, ilustraba lo que puede ser la mejor definición posible de la sensación de interdependencia vivida en los meses de confinamiento a causa del SARS-CoV-2.

Una situación de interdependencia que muestra cómo la salud del yo depende de la salud del nosotros, pero que no debería hacernos caer en la idea de que la exposición y las cargas de la epidemia de COVID-19 se haya distribuido por igual. Nadie está salvo si no estamos todos a salvo, pero hay algunos que están un poco más a salvo que otros.

Esa perspectiva de interdependencia, conjuntamente con otros valores que se han podido ver reforzados en estos meses de pandemia, como la importancia de lo público o la centralidad de la universalidad de los servicios sanitarios como forma de materializar la interdependencia, puede ayudar a conformar lo que podríamos denominar como el derecho a la salud post-pandemia.

Esta nueva definición del derecho a la salud, huyendo de las visiones extremadamente estrechas que lo circunscriben al derecho a la asistencia sanitaria, debería ser interpretado desde un marco más cercano al abordaje de las capacidades de Martha Nusssbaum y Amartya Sen, y de su aterrizaje en la salud (como propone Sridhar Venkatapuram), tratando de garantizar un nivel básico de diferentes dimensiones que ayuden a conformar unos niveles aceptables de salud, no siendo ni excesivamente escasos en su definición, ni utópicamente finalistas en la conversión del derecho a la salud en el derecho a estar sano.

Recientemente, Jorge Moruno titulaba un artículo diciendo que “Es la hora de lo impensable”, como forma de expresar la necesidad de redefinir las ansias de nuevos derechos sociales o formas de organización en la vida post-pandemia. Del mismo modo, es la hora de pensar el derecho a la salud post-pandémico dentro del marco de lo previamente impensable. Para ello, puede ser adecuado señalar cuatro ámbitos de desarrollo de este derecho a la salud:

1) El derecho a respirar, del que hablaba recientemente Achille Mbembe en su artículo “El derecho universal a respirar”, y en el que hemos de incluir cuatro acepciones del término «respirar» que estarían relacionadas con lo acaecido en estos últimos meses: a) la disponibilidad de un aire que pueda ser respirado (tanto porque esté libre de SARS-CoV-2 como porque esté con unos niveles de contaminación que no nos enfermen); b) el derecho a no llegar ahogado a fin de mes, es decir, la aspiración a políticas de renta garantizada (tipo Ingreso Mínimo Vital o, más ambiciosamente, Renta Básica Universal) que desliguen la subsistencia de la existencia de un empleo remunerado; c) el derecho a poder recibir la asistencia sanitaria que sea necesaria, accesible y asequible en cada circunstancia; y d) el derecho a poder exigir todo esto, trazando la analogía con el “I can’t breathe” que desencadenó las protestas recientes en Estados Unidos, clamando contra la injusticia racial.

2) El derecho a lo próximo: entendido tanto como el derecho a lo cercano como la necesidad de poder pensar lo que vendrá, el futuro. En relación con lo primero, este derecho alude a la reorganización de los núcleos urbanos, caminando hacia experiencias como la proyectada por París y su «ciudad de los 15 minutos», donde la ciudad trata de luchar contra la segregación de los espacios habitacional y laboral/comercial, para dotar a todos los barrios de los recursos públicos y las estructuras necesarias para el desempeño habitual de la vida. Las ciudades son, de acuerdo con David Harvey, lugares donde la lucha por la expansión de los derechos sociales tiene un papel protagónico, pero no han de ser organizadas como una sola unidad de habitabilidad, sino que pueden segmentarse de manera ecológica y humanamente sostenible. En relación con la otra acepción de “lo próximo”, se dice que nuestra época es incapaz de pensar en el siglo XXII, pues estamos condenados a pensar el final de todo durante el presente siglo; el derecho a lo próximo exigiría la capacidad de trascender la “condición póstuma” que describe Marina Garcés en Nueva ilustración radical (2017).

3) El derecho al arraigo: sería la expansión del derecho a lo próximo y su intersección con el principio de interdependencia. Basándose en Simone Weil («el arraigo es tal vez la necesidad más importante y menos reconocida del alma humana»), Rosa Jiménez define el derecho al arraigo como la creación de «las condiciones que favorecen que nos avecindemos, que desarrollemos una pertenencia activa, y al mismo tiempo reconocida por el resto, a un entorno cotidiano que compartimos con otros». En Epidemiocracia, lo definimos así: “El derecho al arraigo es una forma de trascender la autonomía individualista desterritorializada y desarrollar al individuo en un marco de autonomía relacional en el cual las relaciones se establecen no solo con otras personas sino también con el entorno físico, dentro de un marco que determina el carácter de estas relaciones”.

4) El derecho al ocio: es un hecho que en nuestros días el tiempo libre se ha convertido en una muestra de la estratificación social; de este modo, tiene tiempo libre aquel que no ha de estar acudiendo todo el tiempo al mercado de auto-venta para reconvertir cada minuto de su existencia en una oportunidad de mercantilización de su vida cotidiana (la ropa que me sobra la vendo en Wallapop, la habitación que se me queda una semana libre la pongo en Airbnb y las horas que no tengo trabajo intento invertirlas en hacer pedidos en Glovo). El ocio ha de redistribuirse desde una perspectiva de derechos y debe tener cabida en una nueva forma de pensar el derecho a la salud, tratando de que lo que en las últimas décadas hemos considerado característico de los estados del bienestar interseccione con la mirada ecofeminista, imprescindible para afrontar los retos de la vida post-pandémica.